Un peón rural logró su absolución porque se comprobó que tuvo Covid, pésimas condiciones laborales y desesperación por darle de comer a su familia.
Lunes, 11 de abril de 2022
La Justicia de la provincia de Buenos Aires revocó una sentencia en la que se había condenado a un hombre que faeno un animal del establecimiento rural “Argentierra S.A.” en el que trabajaba. Los jueces entendieron que el hombre estaba en un “estado de necesidad” porque los hijos de su pareja hacía días que no comían y al trabajador su empleador rural no le pagaba el salario.
En la noche del 23 de septiembre de 2020 el hombre entró a la empresa rural, ubicada en el partido de Coronel Dorrego, cuartel VI, de la provincia de Bahía Blanca, y se llevó un animal bovino de raza Aberdeen Angus de más de 200 kilos. El hombre prestaba tareas de crianza y cuidado del ganado. Faeno al animal y luego se llevó la carne.
Fue denunciado y llevado a juicio por “abigeato calificado”, esto es, robo de ganado y allí el Tribunal en lo Criminal Nº 3 del Departamento Judicial Bahía Blanca lo condenó a 4 años de prisión y una multa de 60 mil pesos. La causa llegó al Tribunal de Casación de la provincia que, integrado los jueces Ricardo Maidana y Daniel Carral, revocó esa sentencia y absolvió al hombre.
Los magistrados tuvieron en cuenta lo que declaró el imputado en el juicio. El trabajador sufrió un paro cardíaco en su trabajo previo al inicio de la pandemia. Después debió ser aislado, ya con el inicio de las restricciones, porque el cardiólogo que lo trató contrajo Covid y él se contagió también.
En ese contexto, el hombre “pidió a su empleador ‘que le mande el sueldo’ para comer él, comentándole que estaba con una pareja con tres hijos”. La respuesta de la empresa fue que “tenía que esperar un poco más”. Cuando salió del aislamiento pudo ver a su pareja: “ella lo llama a un costado y llorando le dice que ‘hacía días que los hijos no tenían para comer’, frente a ello, expresó que ‘ya no le podía pedir nada a nadie’, ‘agarró su auto, fue al campo, mató la vaca y se la llevó, la puso en la heladera y se la comieron’”, explica el expediente.
Los jueces entendieron que debía revocarse la sentencia puesto que el hombre faeno al animal “basado en una situación económica apremiante del autor del hecho y el hambre padecido por los tres hijos de su pareja” y explicaron que “la acusación, como órgano persecutor, está llamado a superar el máximo estándar en materia probatoria, pues debe refutar la presunción de inocencia”.
Además explicaron que “cuando se invoca un estado de necesidad (…) no es jurídicamente exigible a la defensa comprobar su hipótesis bajo el mismo estándar probatorio que le cabe a la acusación -certeza, más allá de toda duda razonable-, pues en el proceso penal rige el principio in dubio pro reo; desde tal enfoque, la hipótesis de la acusación tiene que ser capaz de explicar lo sucedido en forma coherente y, al mismo tiempo, refutar las hipótesis que le confrontan en términos de una concepción de probabilidad lógica”.
Fuente: Tiempo Judicial