El máximo tribunal del Chaco anuló todas las medidas cautelares y avaló al Consejo de la Magistratura para avanzar con el nuevo concurso para la Fiscalía de General San Martín. Fue luego de que la mayoría de los consejeros se abstuvieran para dejar vacante un concurso anterior y no nombrar a la única postulante que había llegado a la instancia final. Para el STJ, el Consejo tiene “facultad exclusiva y excluyente para elegir al postulante que considere”.
Viernes, 1 de abril de 2022
Por Brian Pellegrini
El Superior Tribunal de Justicia del Chaco decidió poner fin a la guerra de cautelares y amparos que se había suscitado entre dos juzgados de primera instancia de Resistencia (el Civil 6 y el Civil 21) por el polémico concurso para la Fiscalía de General San Martín. Así, queda despejado el camino para que el Consejo de la Magistratura del Chaco avance con el nuevo concurso de oposición y antecedentes para cubrir el cargo luego de declarar “desierto” el anterior al no proponer a la única postulante que había superado todas las instancias (menos la votación final de los consejeros).
Los pormenores de ese concurso fueron abordados casi en solitario por LITIGIO, a partir de lo cual se intentó dar cuenta de algo que trasciende una mera discusión “técnica” o de competencia y que tiene que ver con las controvertidas decisiones del Consejo de la Magistratura del Chaco en los concursos para la designación de jueces y fiscales. Sin embargo, para el Superior Tribunal de Justicia el órgano presidido por la ministra de Seguridad y Justicia, Gloria Zalazar, “ha obrado conforme lo dispone el marco legal y reglamentario vigente” y determinó que no hay razones para revisar su intervención en este caso.
Con esta sentencia, el máximo tribunal resolvió anular, fundamentalmente, las decisiones del titular del Juzgado Civil y Comercial Nº 6, Jorge Mladen Sinkovich, que había ordenado al Consejo de la Magistratura del Chaco que suspenda el nuevo concurso en marcha para la Fiscalía de la ciudad de General San Martín, que se nombre en el cargo de fiscal a la abogada Noelia Miño, única postulante que llegó a la instancia final del concurso anterior, y al Superior Tribunal de Justicia que destituya al fiscal provisorio Guillermo Codutti, del cargo que ocupa desde hace casi siete años. Así, también quedaron abstractas las decisiones del juez del Civil Nº 21, Julián Flores, en favor del fiscal provisorio Codutti.
El fallo del STJ fue dictado el pasado martes 29 de marzo y divulgado oficialmente por el área de Prensa del Poder Judicial del Chaco, lo cual resultó llamativo teniendo en cuenta que la sentencia aún no había sido publicada. Lleva las firmas de los jueces Alberto Modi, Rolando Toledo y Víctor Del Río y de los subrogantes Jorge Canteros y Miguel Fonteina.
Borrón y cuenta nueva
El actual fiscal provisorio debió ser excluido del concurso anterior por haber violado el requisito del anonimato durante un examen y, luego de que se rechazaran todos sus planteos para revertir esa decisión en la justicia ordinaria, decidió recurrir ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que deberá expedirse, aunque sin plazos.
Con esta sentencia del STJ, ese polémico concurso queda definitivamente en la nada. Antes de ser fiscal provisorio, Codutti fue concejal por el Partido Justicialista, muy cercano al diputado nacional del Frente de Todos y exintendente de General San Martín, Aldo Leiva, afín a su vez al gobernador Jorge Capitanich. Ahora, vuelve a estar en carrera en el nuevo concurso para quedarse como titular en la Fiscalía de General San Martín.
“Conflicto de poderes”
En sus fundamentos, el STJ consideró que se estaba frente a un “conflicto de poderes que involucra a órganos del Poder Judicial contra el Consejo de la Magistratura (organismo constitucional extra poder) y que incluye a su vez un conflicto de jurisdicción entre dichos jueces”.
Así, los jueces consideraron que el juez Sinkovich “no tiene facultades legales ni constitucionales para ordenar la propuesta y designación de Miño, por lo que existen motivos suficientes para habilitar la intervención excepcional de este Superior Tribunal de Justicia, asumiendo jurisdicción para la resolución del conflicto planteado y las causas judiciales que lo motivan”.
En ese contexto, el fallo del STJ consideró que Sinkovich “desconoce abiertamente” la reglamentación interna sobre las mayorías requeridas para nombrar jueces y fiscales por parte del Consejo de la Magistratura del Chaco y en ese sentido advirtieron la “irrazonabilidad” de la medida cautelar dictada. Además, el máximo tribunal resolvió correr vista al fiscal en turno por la posible comisión de un delito por parte del juez del Civil Nº 6 de Resistencia.
“Selección discrecional y política”
Además, el máximo tribunal señaló que, luego de superada la etapa de oposición y antecedentes, la propuesta debe reunir al menos los votos de cuatro consejeros, y subrayó que el Consejo de la Magistratura tiene la “facultad exclusiva y excluyente para elegir al postulante que considere”. Reconoce, además, que “esa flexibilidad en la selección es discrecional y política”.
También admiten, los ministros del STJ, que la normativa “no prevé la posibilidad de que el Consejo de la Magistratura declare desierto el concurso cuando no existan postulantes que consigan superar satisfactoriamente dichos trayectos, tampoco surge de la Constitución, la ley o el reglamento la obligación reglada del Cuerpo de efectuar una propuesta cuando exista un único postulante que haya alcanzado el nivel de excelencia en la etapa de oposición”, como en el caso de Noelia Miño.
“De ello debe derivarse indefectiblemente la facultad del Consejo de dar por terminado el concurso y proseguir en un nuevo llamado. De lo contrario, no existiría posibilidad de avanzar en la cobertura de la vacante o nos encontraríamos frente al absurdo de compeler a los consejeros a emitir un voto involuntario o coaccionado ante la virtual imposibilidad de cerrar el procedimiento del que no han surgido candidatos votados favorablemente”, agregan.
El fallo del STJ, asimismo, consideró “absurdo” que el juez Sinkovich haya ordenado al máximo tribunal destituir de su cargo al fiscal provisorio Codutti, en tanto se trata de una facultad exclusiva del Consejo de la Magistratura.
Con esta sentencia, quedan abstractas las decisiones del juez Julián Flores, contrarias a las dictadas por su par Sinkovich y que dieron origen al conflicto de competencia. No obstante, el STJ le aconsejó evitar “la toma de medidas contradictorias que puedan generar conflictos jurisdiccionales como en el caso, en detrimento de una correcta administración de justicia”.
Todo “legal y reglamentario”
Con respecto al Consejo de la Magistratura del Chaco, la sentencia del STJ consideró que “ha obrado conforme lo dispone el marco legal y reglamentario vigente, en un todo de acuerdo con las disposiciones constitucionales que regulan su funcionamiento”. Agregaron, además, que “no media en el caso una decisiva carencia de fundamentación o un apartamiento inequívoco de la solución normativa prevista que autorice a este Tribunal a revisar lo resuelto por el Consejo de la Magistratura”.
En el tramo final de la sentencia, el STJ quiso dejar en claro que lo resuelto en este caso particular, “no implica de modo alguno extraer este tipo de cuestiones de la revisión judicial que le compete al Poder Judicial en el ejercicio irrenunciable del control de constitucionalidad”. En ese sentido, puntualizan “que los concursantes pueden impugnar en sede judicial los actos administrativos emitidos en el marco de los procedimientos de selección de candidatos para magistrados judiciales no puede significar el desconocimiento de las atribuciones asignadas por la Constitución Provincial con carácter final al Consejo de la Magistratura”.