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El Estado provincial efectivizó la resolución judicial. Los trabajadores cesanteados no podrán continuar trabajando en el Servicio Penitenciario Provincial por grave incumplimiento al reglamento de la fuerza.

Jueves, 31 de marzo de 2022

El gobierno del Chaco acató la medida judicial de la Sala 1° de la Cámara de Apelación Civil y Comercial de Resistencia, que resolvió cesantear a 22 agentes del Servicio Penitenciario (SP) involucrados en el autoacuartelamiento y sedición policial, en diciembre de 2013 en la provincia.

Desde entonces, el SP tomó medidas judiciales para garantizar el cumplimiento de la normativa de la institución. En las distintas instancias la Justicia dio la razón y dictaminó la cesantía de los 22 agentes. Sin embargo, una apelación de los agentes suspendió la medida y siguieron cumpliendo funciones, sin posibilidad de ascenso a otros puestos dentro del Servicio.

Las acciones judiciales de la Institución y el Estado provincial se fundaron en la participación de los agentes en el levantamiento, incumpliendo faltas graves como infidelidad al servicio, subversión, insubordinación, falta al debido respeto al superior, faltas al régimen del servicio, todas establecidas por el Reglamento del Régimen Disciplinario Policial (R.R.D.P.) entonces vigente para el Servicio Penitenciario y de Readaptación Social.

Si bien el decreto 848/2020 para el cumplimiento de la medida judicial fue firmado en 2020, debido a la situación sanitaria producto de la pandemia de COVID-19 y la situación económica, el gobierno resolvió mantener en sus funciones a los agentes hasta la fecha y efectivizar ahora en otro contexto sanitario y económico.

Se trata de 22 personas con rangos de Oficial Ayudante, Cabo y Agente de la Fuerza, con 14 años de antigüedad. El decreto no les permite volver a trabajar en el Servicio Penitenciario, pero sí los faculta para acceder a otro tipo de empleo dentro de la órbita del Estado, o en el sector privado.

El gobierno provincial señala que se trata de medida judicial “ejemplar” que advierte que no se puede poner en riesgo la seguridad pública de la población a través de acciones irresponsables organizadas.


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