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El titular del Juzgado Contencioso Administrativo Federal Nº 6, Enrique Lavié Pico, hizo lugar a la demanda de la Asociación de Editores de Diarios de Buenos Aires (AEDBA) y diversas empresas de diarios argentinos contra el Ministerio de Economía de la Nación, declaró la nulidad de una resolución administrativa y, en consecuencia, liberó a aquellas de pagar una cifra impositiva millonaria en concepto de IVA por varios períodos fiscales.

Jueves, 10 de marzo de 2022

La causa se originó en el vencimiento de un plazo, establecido por un decreto del entonces presidente provisional Duhalde, que le permitía a los medios gráficos beneficios como computar las contribuciones patronales como crédito fiscal para el IVA en la medida que no incrementaran sus precios de tapa. En 2002 los medios elevaron su precio y a partir de allí se generó la incertidumbre en torno al beneficio tributario. Las asociaciones presentaron reclamo administrativo que fue rechazado, entonces accionaron en los tribunales federales en lo contencioso administrativo.

Lo cierto es que, ahora y tras una tramitación de casi doce años, finalmente la causa recibió la sentencia de primera instancia favorable a las empresas de medios gráficos.

El juez Lavié Pico se basó en la libertad de expresión para sentenciar en favor de las empresas. Fundamentó que “teniendo en cuenta la magnitud de los montos involucrados es dable reconocer el concreto perjuicio que padecerían las actoras y, en consecuencia, la afectación al principio de libertad de expresión emanado de la presión económica que implicaría la ejecución de los actos cuestionados y los graves daños que podría producir, los cuales se harían extensivos a la comunidad toda, por la afectación del aludido principio de libertad de prensa como así también del derecho a buscar y recibir información”.

Con esa base, el magistrado anuló una resolución administrativa del Ministerio de Economía y la invalidez de todos los actos dictados en consecuencia. De tal modo, las empresas no deberán tributar el impuesto que cuestionaron ante los tribunales.

Fuente: Palabras del Derecho 

 


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