El Superior Tribunal de Justicia de Feria de Entre Ríos rechazó, por mayoría, una acción de amparo impulsada por una mujer, quien pidió que su hija asista a clases sin barbijo.
Domingo, 13 de febrero de 2022
La madre de la alumna requirió que de manera inmediata se resuelva “el retorno a clases presenciales” y que la niña sea recibida en la institución educativa “sin ningún tipo de exigencia en cuanto al uso de tapaboca/barbijo/dispositivo en su boca, conforme los certificados médicos acompañados”.
En su presentación, la mujer planteó que su hija, de 12 años, se vio afectada por el uso del barbijo, puesto que le habría causado dermatitis, cefalea y mareos. En primera instancia se receptó el amparo, pero luego el STJ consideró que el uso de tapabocas usado correctamente sumado a otras medidas “disminuye la posibilidad de transmisión de COVID-19″, y que “a partir de los 12 años se aconseja su uso en iguales circunstancias que en adultos”.
Los jueces Bernardo Salduna y Andrés Manuel Marfil también señalaron como comprobado que “su uso puede provocar efectos secundarios como exceso de humedad y sudoración lo que puede desencadenar reacciones en piel, como ocurre en este caso en particular según lo que consta en los certificados médicos”, pero advirtieron que se recomiendan “el uso tapabocas especiales y medidas de prevención”.
“El beneficio de la prevención individual aumenta con un número cada vez mayor de personas que utilicen mascarillas de forma correcta y constante. Además no se puede dejar de tener en cuenta la situación epidemiológica actual donde en los últimos 30 días ha habido un aumento sostenido de casos, más específicamente de un 66% a nivel país y con la aparición de una nueva variante de comportamiento incierto”, señaló el dictamen agregado a la causa.
Para los magistrados, “no se ha especificado a qué tipo de tapabocas la niña a presentado reacciones adversas” y que la falta de confort que genera la presencia del tapaboca “es común en mayor o menor medida para todas las personas y aparecen en el uso prolongado del mismo por lo que se indica un descanso de 10 o 15 minutos cada hora de uso para prevenir o aliviar dichos síntomas”.
De este modo, el Tribunal sugirió probar el “uso de barbijo de tipo quirúrgico, que no presenta materiales irritantes en su confección, permite flujo de aire, a lo que se puede adicionar algún método que actúe de barrera como ser alguna crema humectante en la zona de contacto con la piel, antes, durante y después de su uso”.
“En caso de que no se tolere el barbijo quirúrgico se puede recurrir a mascarilla facial anti empaño, cuya ventajas seria una correcta visualización, protección de toda la cara (boca, nariz y ojos) sin tomar contacto con la piel. Estas medidas mientras la niña se encuentre en un ambiente cerrado y en presencia de otras personas o cuando no se pueda garantizar una distancia mínima de 2 metros”, añadieron.
Y concluyeron: “El contexto epidemiológico habilita a adoptar las medidas activas y concretas para la mitigación del SARS-Cov-2; máxime, en aquellos espacios físicos que se presentan favorables para la propagación del virus”.
Fuente: Diario Judicial