El juez de Feria de Diamante, Mariano Ludueño, hizo lugar a una acción de amparo ambiental colectivo en demanda por la actividad de una cantera de brosa (suelo calcáreo) ubicada en la zona de Costa Grande, en el departamento Diamante, junto a una escuela rural.
Martes, 1 de febrero de 2022
El juez de Feria de Diamante, Mariano Ludueño, hizo lugar a una acción de amparo ambiental colectivo en demanda por la actividad de una cantera de brosa ubicada en la zona de Costa Grande, en el departamento Diamante. La denuncia es contra la empresa Transvic SA, la sucesión de Abelardo Gustavo Farral –propietarios del predio– y la Secretaría de Ambiente de Entre Ríos. La explotación se encuentra lindante a la Escuela Primaria Nº 48 «Gral. José de San Martin» y la actividad minera sin autorización de los organismos competentes desde hace dos años y medio atenta a la salud y el ambiente de vecinos y la comunidad educativa, contaron en su momento a ERA Verde.
Ludueño admitió la demanda caratulada “Chemez, María José y García Elorrio Luz c/Transvic S.A, Sucesión de Abelardo Gustavo Farral y Secretaría de Ambiente de la Provincia s/Acción de amparo (Ambiental)”. Dispuso asimismo librar mandamiento a los demandados “para que en plazo de 7 días corridos (…), informen sobre la exactitud de los hechos que motivan la demanda, dando en su caso las razones pertinentes.
Chemez y Elorrio promovieron un amparo ambiental “a fin que se ordene el cese inmediato de la actividad extractiva de suelo calcáreo, el cierre de las canteras que funcionan ilegalmente sin autorización ni registro y la implementación de las medidas de reparación y remediación del daño ambiental de las explotaciones ya cerradas, en toda la zona de Costa Grande en la localidad de Diamante. Esta actividad extractiva –dice la presentación hecha con el patrocinio de la abogada María Aldana Sasia– la padecemos desde hace ya más de dos años, lo que ha significado un daño constante en el ejercicio de derechos fundamentales como la vida, la salud y al medio ambiente sano, por el funcionamiento de estas canteras ilegales de extracción de suelo calcáreo que funcionan en Costa Grande (Diamante) y que provocan la continua contaminación global del ambiente en el que habitamos, con consecuencias perniciosas para la salud de quienes lo padecen”.
Tal como informó ERA Verde en octubre pasado, a través de una nota enviada a la secretaria de Ambiente provincial, Daniela García, pobladores de Costa Grande solicitaron “que se tomen las medidas urgentes” y que “ordenen el cese inmediato y clausura de la explotación de canteras de brosa” que se instaló de forma irregular hace aproximadamente dos años al lado de una escuela. De hecho por gestiones y reclamos llevados adelante ante la Dirección de Minería de Entre Ríos, se comprobó que “no está registrada ninguna cantera en ese lugar, por lo tanto, está fuera de la Ley de Minería de Entre Ríos Nº 10.158, que regula la actividad”, se le confirmó desde la dependencia oficial. En este momento, se les indicó que las empresas operarias en el lote en cuestión, Transvic SA y Roskofp, no están autorizadas a hacerlo allí.
Anteriormente, los vecinos de la localidad ubicada a pocos kilómetros de la ciudad de Diamante por la Ruta N11, habían realizado innumerables reclamos por los daños fundamentalmente por la “protección que merecen los niños y niñas que acuden a la escuela rural” que se encuentra al lado de la cantera”. Se trata de la Escuela Primaria Nº 48 «Gral. José de San Martin», que cuentan con 13 estudiantes matriculados y con personal único que se ven tapados por un nocivo polvillo que producen las tareas de extracción y tráfico de camiones en pleno horario de clases que se dictan al aire libre, en el patio que da al frente, como medidas de prevención del Covid-19. La paradoja es que para protegerse del Coronavirus se ven expuesto a una polvareda que producen el paso de unos 70 camiones diarios que han logrado contabilizar los vecinos.
Flojo de papeles
El planteo alcanzó además a la Secretaria de Medio Ambiente de Entre Ríos, “a los efectos de que cumpla con sus obligaciones legales correspondiente a ejercer el poder de policía y de cumplir con los mandatos ordenados por nuestra Constitución Provincial”. En particular, reclaman un estudio de impacto ambiental.
Explicaron en el escrito que presentaron ante la Justicia de Diamante que “somos vecinas del Municipio de Costa Grande, departamento Diamante, vivimos en una zona cercana al Pre Delta, zona en la que en la actualidad se explotan cuatro canteras de extracción de suelo calcáreo. Nuestra Casa, es el camino de salida obligado de tres de estas canteras. Constantemente frente a nuestra casa transitan camiones con acoplados, bateas, etc, que transportan los materiales (brosa) la mayoría de ellos sin cubierta superior y con exceso de velocidades, lo cual se efectúa en caminos de tierra, que ellos han destruido a raíz del tránsito constante, y quedan sueltas finas capas del volcado de las cargas como parte de la carpeta”.
Al respecto, explicaron que “nos vemos expuestas constantemente al polvo del material particulado proveniente de la extracción, transporte, manipulación de la brosa y de la volatilización de más brosa que poseen las calles”.
Antecedentes
En agosto último, el juez de Garantías y Transición de Diamante, Jorge Barbagelata Xavier, resolvió iniciar un proceso colectivo en el marco de la presentación de un amparo ambiental por parte del Consorcio de Propietarios del Country La Juanita, en Colonia Ensayo –a 27 kilómetros de Paraná, en el departamento Diamante– contra la sucesión de Abelardo Pedro Roskopf – Canteras del Interior por lo que consideran una explotación ilegal de brosa y tierra negra.
Los vecinos pidieron a la Justicia que adopte una medida que derive en el cese de las acciones de explotación ilegal de los dos yacimientos de brosa y de tierra negra situados en parcelas lindantes al camino de acceso al consorcio Country La Juanita y el P0uerto La Juanita, distrito Salto, departamento Diamante. En la presentación judicial, los vecinos señalan que el “obrar ilegal de la accionada afecta el derecho a gozar de un ambiente sano y equilibrado”, y plantean que “los lotes en los cuales se realiza la extracción de tierras de modo ilegítimo se encuentran en la ribera del Paraná, en el sector denominado Paraná Medio, declarada Área Natural Protegida por la Ley N° 9.485, por cuya virtud quedó incorporada al Sistema Provincial de Áreas Naturales Protegidas, entonces regida por la Ley N° 8.967, derogada y reemplazada por la Ley N° 10.479”.Sostienen que “el obrar de la accionada importa una degradación del ambiente que vulnera derechos de incidencia colectiva sobre un bien colectivo, al afectarse el funcionamiento y sustentabilidad de los ecosistemas asociados a:
– “la barranca, por destrucción de la flora nativa como medio soporte de la fauna asociada y de aquel vinculado que por sucesión natural que se encontraba en desarrollo en los sectores de extracción activos actualmente;
– “el impacto directo al suelo por destrucción y extracción mecánica, la afectación al comportamiento del escurrimiento natural del agua superficial con la consecuente erosión hídrica;
– “el deterioro de la calidad del aire por aporte continuo de material particulado (polvo), ruidos y vibraciones por la operatoria de maquinaria pesada y flujo constante de camiones por la caga del material extraído y la operatoria de la planta de picadora de piedra”.
Fuente: Era Verde