Hace cuatro décadas el arquitecto Eduardo Saiegh reclamó ante la justicia que se indague, procese y enjuicie a Alejandro Reynal, quien fue vicepresidente del Banco Central durante la última dictadura cívico militar. Lo acusó de crímenes de lesa humanidad por haber sido obligado a ceder la titularidad del entonces Banco Latinoamericano tras ser torturado y señalar a Reynal como el responsable de orquestar la maniobra con la que le arrancaron el banco.
Martes, 4 de enero de 2022
Por Ailín Bullentini
A pesar de los años transcurridos, sigue sin obtener justicia. El último giro lo dio la Corte Suprema de Justicia que, sin definir si acuerda o disiente con la Cámara Nacional de Casación, que consideró aquellos hechos como delitos de lesa humanidad, anuló ese fallo por “no cumplir con la exigencia que demanda” una resolución de esas características, y le devolvió el expediente para que emita una nueva resolución.
El último giro lo dio la Corte Suprema de Justicia que, sin definir si acuerda o disiente con la Cámara Nacional de Casación, que consideró aquellos hechos como delitos de lesa humanidad, anuló ese fallo por “no cumplir con la exigencia que demanda” una resolución de esas características, y le devolvió el expediente para que emita una nueva resolución.
Fue en julio de 2018 que los camaristas de la Sala II de la alzada Ana María Figueroa, Angela Ledesma y Alejandro Slokar fallaron a favor de Saiegh y ordenaron al Juzgado de Instrucción Federal número 1 de la Ciudad de Buenos Aires que avanzara en la investigación de su denuncia: que en aquellos años de terrorismo de Estado fue obligado a fuerza de torturas a deshacerse del Banco Latinoamericano de Inversión, del que era vicepresidente. Saiegh había sido secuestrado el 31 de octubre de 1980 por un grupo de tareas de la División Bancos de la Policía Federal. Testimonió que estuvo secuestrado una semana en varias dependencias de la Federal, donde fue torturado. Buscaban que entregara las acciones del banco, que era propietario –por una deuda– de la aerolínea Austral. Según la denuncia del arquitecto, lo que buscaban era estatizar la deuda de esa aerolínea, que era propiedad de William Reynal, hermano de Alejandro Reynal. De ahí, su insistencia para que los hechos sean considerados delitos de lesa humanidad y Reynal indagado, procesado y enjuiciado.
Tras superar las leyes de impunidad, en 2013 Saiegh insistió nuevamente con su caso, que encontró en la Cámara federal un límite bastante firme: en dos oportunidades, dos salas diferentes de esa instancia rechazaron considerar los hechos como crímenes contra la humanidad. Los hechos, así, se hallaban prescriptos y, Reynal, sobreseído. Fue en Casación que el arquitecto encontró una luz de esperanza.
Sin embargo, aquella resolución llegó de inmediato a la Corte Suprema. En el medio, el denunciante inició una causa civil y comercial que también se encuentra apelada y a la espera de una resolución, así como una presentación ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH). “Fui víctima de una maniobra llevada a cabo por los agentes civiles de la dictadura que todavía controlan el sistema financiero de nuestro país. Es la única causa de lesa humanidad que se sigue contra un funcionario de Martínez de Hoz (José Alfredo, exministro de Economía de la dictadura)”, declaró a principios de 2021 a la agencia Telam.
El pasado 28 de diciembre, en el último acuerdo del año, la Corte habilitó el recurso de queja con el que la defensa de Reynal discutió la decisión de la Casación, se sentó a analizarlo y emitió un fallo unánime en el que sin inmiscuirse en el fondo de la cuestión, anuló lo definido por los camaristas. Dos años y medio después de la decisión de la Casación, casi 42 desde que sucedieron los hechos.
Con la firma de sus cuatro integrantes, Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti, la Corte abre el paraguas sobre la posibilidad de que este fallo resulte en un nuevo hecho de impunidad respecto de los socios económicos de la última dictadura: “La obligación de determinar si, como sostiene el querellante, los hechos investigados pueden ser calificados como de lesa humanidad tiene que ser asegurada cumpliendo también con las normas constitucionales y convencionales que obligan a esta Corte a velar por el respeto de las garantías judiciales establecidas en la Constitución Nacional”, dicen en el cierre de la fundamentación.
Párrafos antes, sentenció que Casación hizo una lectura “arbitraria” del fallo de la Cámara Federal que declaró prescriptos los delitos y sobreseyó a Reynal. Luego, lo criticó por denotar “un apego de modo exclusivo y excluyente a la pretensión del querellante” Saiegh, quien insiste en que Reynal sea indagado por su secuestro y las torturas a las que fue sometido. Por último le devuelve el expediente a la alzada para que resuelva de nuevo.
Fuente: Página/12