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La jueza de Garantías de la ciudad de General San Martín, Ana María Rubio, decidió rechazar la acción de amparo impulsada por dos concejales de Presidencia Roca para suspender las fumigaciones en el establecimiento Don Panos, administrado por la empresa Marfra SA. Consideró que debe tramitarse en el fuero Contencioso Administrativo.

Viernes, 17 de diciembre de 2021
Fumigación aérea en Establecimiento Don Panos (Foto: archivo)

Para la jueza de Garantías de General San Martín, Ana María Rubio, la acción de amparo no es la vía adecuada para resolver la suspensión de las fumigaciones con glifosato en el establecimiento Don Panos, ubicado en Colonia San Francisco, zona rural de Presidencia Roca. Ese es el principal argumento por el que rechazó la presentación realizada por los concejales de Presidencia Roca y productores agrícolas, Facundo Silvestri y Gustavo Latapie, luego de que cientos de pobladores de esa zona denunciaran haberse intoxicado tras una pulverización aérea realizada en ese establecimiento el 23 de octubre pasado.

En un fallo del miércoles 15 de diciembre, la jueza Rubio coincidió con el planteo de los abogados de la empresa Marfra SA y consideró que “la vía adecuada sería la Administrativa, conforme lo dispone el mismísimo Código Contencioso Administrativo (Ley Nº 1140), la cual considero es adecuada y específica para el tratamiento del tema que se expuso en estos autos”.

Días atrás, la jueza Rubio ya había autorizado a la empresa a realizar una fumigación terrestre, flexibilizando así la medida cautelar dictada el 10 de noviembre por el juez subrogante, Luis Allende, y confirmada por la Cámara de Apelaciones en lo Criminal y Correccional de Resistencia, que había ordenado suspender las fumigaciones con agroquímicos en el establecimiento Don Panos “hasta tanto se verifique su realización conforme las normativas aplicables y con seguridad para el medio ambiente y la población en general”.

Ahora, la medida cautelar quedó sin efecto y todo vuelve a foja 0.

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Fuente: chacodiapordia.com


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