A 10 años de haber sido absuelto en el histórico juicio por la Masacre de Margarita Belén, el Tribunal Oral de Resistencia condenó en abril de este año al comisario Alfredo Chas a 15 años de prisión por haber comandado el patrullero que cortó la Ruta Nacional Nº 11 para que se concrete el fusilamiento de detenidos políticos.
Lunes, 13 de diciembre de 2021
Por Brian Pellegrini
El 30 de abril de este año, el Tribunal Oral Federal de Resistencia condenó a 15 años de prisión al ex policía provincial Alfredo Luis Chas como partícipe secundario de once homicidios agravados y de cuatro hechos de privación ilegal de la libertad agravada cometidos contra prisioneros y prisioneras políticas durante la Masacre de Margarita Belén, perpetrada en esa localidad de la provincia del Chaco el 13 de diciembre de 1976.
La imposición de la pena fue el resultado de un proceso de reenvío ordenado por la Cámara Federal de Casación Penal, que en 2016 había anulado la absolución dictada respecto de este acusado en el primer juicio a los responsables de la Masacre de Margarita Belén y, en consecuencia, devolvió la causa para que el TOF dictara un nuevo pronunciamiento.
Como las partes y el tribunal debían ceñirse a las pruebas ventiladas en el juicio celebrado hace diez años, el proceso estuvo limitado a la exposición de alegatos y al dictado de una nueva sentencia contra Chas.
Vale recordar que, junto a otros cuatro agentes policiales, el comisario Chas encabezó la “caravana” en un móvil policial que iba 800 metros por delante de las unidades que trasladaban a los detenidos y que tuvo como objetivo cortar la Ruta Nacional Nº 11 a la altura de la ciudad de Margarita Belén para garantizar que se ejecute el fusilamiento de los presos políticos y, luego, de transmitir a la Jefatura de Policía que la comitiva había sido “atacada por un grupo de subversivos que luego se dieron a la fuga”.
La acusación
Durante su exposición, el fiscal general Carlos Amad y el fiscal ad hoc Diego Vigay -integrantes de la Unidad Fiscal de Derechos Humanos de Resistencia- realizaron un análisis de la prueba respecto de Chas. Recordaron que el ex policía había sido el responsable de alistar el patrullero que hizo el retén para que se detuviera el convoy del Ejército que llevaba a los prisioneros, tras lo cual se los hizo bajar y se los ejecutó.
Los fiscales señalaron, además, que Chas había provisto el móvil policial con los elementos de comunicaciones con los cuales, desde la ruta, se dio noticia del falso enfrentamiento entre fuerzas armadas y grupos guerrilleros, tal como la dictadura presentó los hechos.
Por su parte, el abogado querellante por la Secretaría de Derechos Humanos del Chaco, Duilio Ramírez, alegó que “quienes fueron autores de esos crímenes -condenados al presente- tuvieron conciencia de la ayuda que Chas le brindó, de hecho, estuvieron coordinados y fue esencial en ese sentido que éste operase las comunicaciones, la que recibió de los militares que le anunciaron el inicio de un supuesto ataque armado, que a su vez él retransmitió al centro de operaciones en jefatura de policía”.
En ese contexto, describió que “encabezar la columna, facilitando el progreso del plan criminal previamente urdido, importó un claro e inocultable aporte del imputado, a tal punto de que es factible concluir en que su presencia y la del auto policial en el lugar, indiscutiblemente neutralizaron cualquier contingencia que hubiera dificultado o impedido el desenlace fatal con los presos”.
“De antemano existió una planificación que implicó confluencia con otras rutas (caso de la Nº 90 que conduce a
General San Martín) y también con caminos vecinales, habérsele presentado obstáculos, o presencias de testigos no
deseados al momento en que debían consumar el acto criminal”, concluyó Ramírez.
“La policía provincial se mimetizó con los despliegues militares”
En los fundamentos de la sentencia de 87 páginas que condenó a Chas, los jueces del TOF señalaron que “en términos prácticos, la policía provincial se mimetizó con los despliegues militares, al punto tal que no existió repartición policial que hubiese quedado al margen de alguna tarea, fuese urbana o como en el caso, en el trazado de una ruta en un escenario rural por graficarlo de algún modo”.
“La unidad de tránsito, con la intervención de Carballo, Vargas, Cabral y Chas, es sólo una muestra más de lo que se explicita respecto de la amalgama institucional de esa época. La práctica casi sin solución de continuidad, ejecutada día a día, encarcelando estudiantes, trabajadores, personas comunes, sacerdotes incluidos, por el solo hecho de profesar alguna idea de tinte político, ser afín a desarrollos de tipo cooperativista (vgr. Ligas Agrarias) desarrollar otras actividades de tenor reivindicativas, etcétera (…)”, ponderaron los magistrados.
Asegurar el perímetro
En otro tramo del fallo, los jueces describieron que la actividad desplegada por Chas comenzó con “preparar un vehículo en condiciones óptimas de transitabilidad, dotarlo de un equipo de comunicación apto para receptar y transmitir comunicaciones de alta frecuencia a distintos lugares, jefatura de policía, regimiento militar en La Liguria -Resistencia- (vgr. radio VHF, de las siglas en inglés “very high frequency”), sumar personal (Vargas – Cabral) y completar así una dotación de cuatro efectivos en el patrullero (Torino Z3) y por último, proveerse de pertrechos (armas largas, FAL, rifle Ithaca, municiones)”.
En cuanto al aporte al Plan criminal de la Comisión Policial que integró Chas a bordo de un patrullero, se referencia en el fallo: “el arribo de Carballo, Chas, Vargas y Cabral fue antes de que se iniciara el supuesto enfrentamiento porque, de última, de lo que se trataba era, precisamente, asegurar el perímetro y evitar que el eventual paso de algún rodado u otro medio de transporte, frustrara el cometido, además de convertirse en espectador inconveniente (…)”.
Por último, los jueces concluyeron que “innegablemente, la maniobra del patrullero y las medidas ejecutadas por Chas, formaron un ítem dentro del plan pergeñado y, en términos de resultado, puede concluirse, fue eficaz”.
“No puede concebirse que Chas ignoró por completo de qué trataba aquella operación de traslado. La participación de Alfredo Luis Chas no puede excluirse del despliegue que implicó un disimulado traslado, un más que fingido ataque y un resultado de muertes y desapariciones (…)”, sostuvieron.
Masacre de Margarita Belén, los juicios
El primer Juicio por la Masacre de Margarita Belén tuvo sentencia condenatoria en 2011 con cadena Perpetua para ocho oficiales del Ejército Argentino, los coroneles Athos Renes, Rafael Carnero Sabol, Ricardo Reyes y Horacio Losito; los tenientes coroneles Aldo Martínez Segon y Germán Riquelme; el teniente primero Luis Patetta y el mayor Ernesto Simoni; por ser coautores de once homicidios calificados y la desaparición de otros cuatro, todos detenidos por razones políticas.
En 2013 se desarrolló el segundo juicio contra el capitán Norberto Tozzo, quién fue condenado a 22 años sólo por las cuatro desapariciones forzadas ya que la República Federativa de Brasil concedió su extradición con la expresa condición de que sea juzgado sólo por los delitos que no había prescripto para la Corte Suprema de ese país.