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Lo resolvió la Cámara de Apelaciones en lo Criminal de Resistencia, al desestimar la apelación de la empresa y ratificar la medida cautelar dictada en primera instancia “hasta tanto se verifique su realización conforme las normativas aplicables y con seguridad para el medio ambiente y la población en general”. 

Viernes, 3 de diciembre de 2021
Fumigación aérea en Establecimiento Don Panos (Foto: archivo)

Por Brian Pellegrini 

La Cámara de Apelaciones Criminal y Correccional de Resistencia confirmó la medida cautelar que ordenó suspender todo tipo de fumigación con agroquímicos en los establecimientos agrícolas Don Panos, Unitec Agro SA, Unitec Bio SA y Marpfra SA, todos del empresario Eduardo Eurnekian, hasta tanto se verifique su realización conforme las normativas aplicables y con seguridad para el medio ambiente y la población en general. Fue al rechazar la apelación contra la medida dictada el 10 de noviembre pasado por el juez de Garantías subrogante de la ciudad de General San Martín, Luis Allende.

El fallo, al que tuvo acceso LITIGIO, fue dictado este martes 30 de noviembre y lleva las firmas de los jueces  Gustavo Serrano, Héctor Geijo y Mercedes Riera. Vale recordar que la presentación fue realizada por los concejales del Frente de Todos de la localidad de Presidencia Roca, Facundo Silvestri y Gustavo Latapie, con patrocinio del abogado Juan Sánchez.

Los magistrados consideraron que “lo pretendido en forma cautelar por el accionante tiene la verosimilitud y urgencia requeridas para esta clase de medidas, y por ende la medida judicial adoptada, lejos de ser arbitraria -como sostiene la recurrente-, ha sido dictada teniendo especialmente en cuenta un enfoque basado en los derechos humanos de la salud ambiental y ocupacional, por lo que deviene ajustado a derecho lo resuelto de manera estrictamente provisoria por el a-quo, al haber procedido a efectuar una ajustada valoración de la normativa vigente, lo que determina la confirmación del resolutorio cuestionado en esta instancia”.

No obstante, los camaristas advirtieron que “en atención a las sensibles cuestiones que se encuentran en discusión en la presente causa (la afectación a la fuente de trabajo de cientos de familias que trabajan en esos establecimientos), resulta imprescindible que se avance en el trámite de la cuestión de fondo, a fin de dar respuesta en lo inmediato”.

Derecho al ambiente y a la salud

En la sentencia, los jueces advirtieron que “entre ambiente y salud existe una estrecha relación, tanto que el derecho a la tutela del ambiente o derecho al ambiente salubre puede considerarse una expresión del derecho a la salud”. En este sentido, consideraron que “la exposición de las personas a sustancias tóxicas o peligrosas tiene claras consecuencias para la integridad física, pudiendo causar efectos adversos para la salud, por lo que constituye una violación incuestionable de la integridad física”.

Riesgo de daño irreversible e irreparable

Además, puntualizaron que “el peligro inminente es una cuestión muy problemática en el contexto de la exposición a determinadas sustancias tóxicas, en los casos en que las enfermedades pueden tardar años o décadas en manifestarse, teniendo incluso extensión más allá de los efectos directos de las enfermedades y discapacidades que se pueden ver y sentir, puesto que las sustancias químicas industriales tóxicas, los plaguicidas, diversos contaminantes, y otras sustancias peligrosas infligen una violencia invisible mediante la mutación del ADN, y daños a las estructuras celulares, interfiriendo con los sistemas bioquímicos normales de los que dependen la vida, la salud y el desarrollo de las personas”.

“Y ello representa una verdadera situación de riesgo de daño grave e irreparable para la salud humana, el ambiente y la biodiversidad”, subrayaron.

Los daños comprobados

Las “pintitas” en los cultivos de las huertas son consecuencia de las fumigaciones

Por su parte, en el Día Mundial contra el Uso de Plaguicidas la Red de Salud Popular “Dr. Ramón Carrillo” difundió un documento donde señala que a más de 30 días de las denuncias formuladas por vecinos y vecinas de Presidencia Roca por la deriva de las fumigaciones aéreas realizadas en campos del Establecimiento Don Panos las huertas escolares “fueron totalmente dañadas y, lamentablemente, transcurrieron varios días entre que impactaron las gotas de los agrotóxicos hasta que advirtieron que las “pintitas” que tenían las hojas eran por el veneno, por lo que se siguieron consumiendo, y varios niños y niñas tuvieron que dejar de concurrir a clases por problemas de salud”.

Además, desde la organización revelaron que “a la fecha no se conocen los resultados de las muestras de agua, cultivos y sedimentos tomadas por el personal de la Secretaría de Desarrollo Territorial y Ambiente” y que SAMEEP “informó resultados de análisis físico-químicos-bacteriológicos de muestras tomadas el 15 de noviembre, cuando los hechos denunciados datan del 24 de octubre”.

A la fecha, tampoco se conocen acciones del Ministerio de Salud Pública para abordar en forma íntegra la situación de salud de las personas expuestas.


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