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Se trata de María Denogens y Rocío Alcalá, de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia. Fue en el marco de la causa por el escrache que realizaron el 10 de septiembre de 2020 militantes de izquierda contra la fachada del Consulado de la República del Paraguay en Resistencia. Las magistradas aseguraron que fueron objeto de “violencia moral” y de “falaces” acusaciones de parcialidad por parte de los abogados de los imputados.

Lunes, 8 de noviembre de 2021

Las juezas de la Cámara Federal de Apelaciones de Resistencia, María Denogens y Rocío Alcalá pidieron ser apartadas de la causa que se le sigue a dos militantes de izquierda imputados por el escrache realizado al Consulado de la República del Paraguay en Resistencia, perpetrado el 10 de septiembre de 2020.

En su escrito, las magistradas fundaron su presentación por razones de “violencia moral” y “de decoro” que representan una “perturbación grave” para el ejercicio pleno de su labor jurisdiccional.

¿Qué ocurrió? Todo comenzó el 25 de junio pasado, en el marco de una audiencia fijada con las partes que intervienen en la causa. La misma se hizo de manera remota.

Las juezas indicaron que ese día, “luego de un tiempo prudencial de espera sin que se conectara la defensa técnica de los imputados, y al responder en forma negativa la Actuaria al ser consultada respecto de la existencia de algún llamado al teléfono de la Secretaría Penal poniendo en conocimiento de posibles inconvenientes en tal sentido, se resolvió –en presencia del Sr. Fiscal General–declarar desistido el recurso de apelación incoado. Dichas constancias obran incorporadas digitalmente al expediente”.

“Que tal decisión motivó la interposición de un recurso de reposición por la defensa técnica de los procesados fundada en la imposibilidad de conexión el día y fecha indicados al link preestablecido (…). Ello así, previo informe de la actuaria vinculado a lo anoticiado, se dio trámite al remedio intentado corriendo la pertinente vista al Fiscal General”, indicaron.

En forma previa a que dictaminara el representante del Ministerio Público Fiscal y que las magistradas puedan resolver lo solicitado, tomaron conocimiento de una publicación efectuada por los abogados defensores en Facebook quienes “con declaraciones gravemente injuriantes hacia este Tribunal (…) dieron a entender que lo acaecido en la audiencia se debía a maniobras pergeñadas por esta magistratura”.

La jueza federal, Delfina Denogens.

La acusación

¿Qué decía el posteo de la Gremial de Abogados? Bajo el título “Fiesta de impunidad de la justicia Federal y del gobierno chaqueño cómplices y socios del gobierno infanticida de Paraguay”, los abogados señalaron que, en la audiencia del 25 de junio, donde debían fundamentar el recurso de apelación por el procesamiento de los militantes del MTR CUBA, Viviana Toros y Maximiliano Torres, los jueces “no quisieron escucharnos”.

“Teníamos la audiencia para sostener el Recurso a través de la plataforma digital Jitsi Meet (…) puntualmente a las 9,30 los tres abogados de la Gremial intentamos una y otra vez que nos dieran acceso y eso jamás ocurrió. Nos aparecía el mensaje: “Esperando al anfitrión (…). Jamás nos admitieron en la plataforma virtual. Pero además jamás nos atendieron el teléfono en las 16 veces que llamamos”, denunciaron.

En este marco, los magistrados de la Cámara Federal de Apelaciones, Juan Manuel Iglesias, Patricia García (subrogante) y Eduardo Belforte decidieron el 21 de octubre último no hacer lugar al pedido de las juezas Denogens y Alcalá por considerar que no es motivo suficiente de excusación que una de las partes omita opiniones en las que denuncie parcialidad.

“Así las cosas, no es el hecho subjetivo de que una de las partes dude o tema acerca de la parcialidad del juez, sino que de las particularidades concretas del caso pueda darse tal sospecha, único extremo que hace procedente el apartamiento del juez natural”, indicaron.

Añadieron además que los jueces “no deben quedar esclavizados por el prurito acerca de lo que terceros pueden opinar acerca de su actuación, sino sobreponerse y actuar conforme el mandato constitucional conferido, sobre todo cuando, valga la reiteración, la parte no recusó”. “Y es de toda evidencia que no hubo recusación, sencillamente porque no hay ningún elemento en el expediente, por mínimo que fuera, que hubiera permitido tal remedio excepcional”, remarcaron, al tiempo que declararon abstracto el pedido de excusación planteado también por Enrique Bosch, debido a que el magistrado asumió el cargo de juez en el Tribunal Oral Federal de Resistencia.

La causa

Cabe recordar que tanto Toros como Torres están imputados por daño agravado a una propiedad pública y por lesionar a miembros de la fuerza de seguridad en medio de una protesta en repudio al asesinato de dos niñas argentinas a manos del Ejército de Paraguay.

La causa contra ambos dirigentes sociales se inició con una denuncia presentada por la Ministra de Seguridad del Chaco, Gloria Zalazar, tras los hechos ocurridos en la sede del consulado, ubicado en la intersección de calles Catamarca y Formosa.

Allí, un grupo de unas 30 personas, con pancartas de “IJR-CHE”, provocaron daños al edificio pintando su fachada con grafitis bajo la leyenda “ASESINOS”, así como también ocasionando manchas con pintura sobre el suelo y paredes.

 

 


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