Se trata del comisario retirado de la Policía del Chaco, Carlos Domingo Mora. El Tribunal Oral Federal de Resistencia rechazó el pedido de cese de prisión preventiva presentado por el defensor oficial. Mora será juzgado por delitos de lesa humanidad contra tres detenidos políticos ocurridos entre 1974 y 1976.
Viernes, 5 de noviembre de 2021
El Tribunal Oral Federal de Resistencia rechazó el pedido de cese de prisión preventiva presentado por el defensor oficial, Juan Manuel Costilla, en favor del represor, Carlos Domingo Mora. El comisario retirado de la Policía del Chaco, procesado por crímenes de lesa humanidad, continuará en el penal U7 de la capital chaqueña hasta el inicio del juicio oral.
La resolución tiene fecha del 29 de octubre pasado y está firmada por las juezas camaristas, Noemí Berros y Lilia Carnero. En los considerandos, las magistradas recordaron que Mora se encuentra detenido desde agosto de 2018 y requerido en la causa caratulada: “Rodríguez Valiente y otros s/ Privación ilegítima de la libertad”. Está procesado por los delitos de “Tormento Psíquico y físico, agravado por la condición de detenido político” en tres hechos y por “Privación Ilegítima de la Libertad” en un hecho. Dicha causa se sustanciaría el año próximo.
Señalaron además que la prisión preventiva de Mora fue prorrogada en etapa de instrucción, por el Juzgado Federal N° 1 de Resistencia, el 21 de agosto de 2020, por el término de un año, siendo confirmada posteriormente por la Cámara Federal de Apelaciones. Una vez cumplido ese tiempo, el Tribunal Oral la prorrogó por un año más, resolución que está ahora en la Cámara Federal de Casación Penal para su homologación definitiva.
Respecto del planteo de la defensa Mora, sobre el vencimiento del tiempo límite de tres años de prisión preventiva, previsto por la Ley 24.390, el Tribunal se hizo eco del rechazo planteado por los fiscales ad hoc, Horacio Rodríguez y Diego Vigay, y dejó en claro que el criterio que sigue con respecto a esa normativa es que la misma no opera de forma automática, sino que conforme la jurisprudencia sentada (…) y a partir de las modificaciones de la ley 25.430, permite exceder el plazo ordinario de prisión preventiva, “en caso de delitos graves y complejos de investigar, y deja en el juzgador la determinación de la razonabilidad de la prisión preventiva”.
Finalmente, destacaron el pedido de dos de las víctimas de Mora quienes manifestaron las perturbaciones que implicarían la liberación del represor, en esta etapa del proceso. Cabe recordar que Mora había permanecido prófugo de la Justicia Federal entre 2011 y 2014.
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