El máximo tribunal desestimó el recurso de queja del actual fiscal provisorio, Guillermo Codutti, quién paralizó el concurso durante tres años luego de ser excluido del mismo por violar el requisito del anonimato durante el examen. Así, quedaría despejado el camino para que el Consejo de la Magistratura avance con la designación de la única postulante en carrera: Noelia Miño, actual secretaria del Juzgado de Garantías de esa localidad.
Martes, 26 de octubre de 2021
Con las firmas de los jueces Alberto Modi y Víctor Del Río, la Sala Civil, Comercial y Laboral del Superior Tribunal de Justicia del Chaco rechazó un recurso de queja del abogado Guillermo Codutti contra un fallo de segunda instancia que rechazó su pretensión de que se declare nula la resolución del Consejo de la Magistratura del Chaco que lo excluyó del concurso de antecedentes y oposición para el cargo de fiscal titular de la Fiscalía de Investigación de la ciudad de General San Martín por violar el requisito del anonimato.
Vale recordar que luego del fallo de la Sala Cuarta de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, ahora confirmado, el 21 de septiembre pasado el Consejo de la Magistratura procedió a realizar la entrevista personal a quién quedó como única participante del concurso, la actual secretaria del Juzgado de Garantías de General San Martín, Noelia Miño. Luego de ese acto, el organismo volvió a paralizar el proceso sin notificarla de los motivos. El 18 de octubre pasado, Miño realizó una presentación ante el Consejo de la Magistratura solicitando que se le informe sobre el estado del concurso y sobre los eventuales motivos de su paralización.
Con este nuevo fallo del STJ, dictado este lunes 25 de octubre, quedaría despejado el camino para que el órgano que designa a jueces y fiscales avance con el proceso que se paralizó hace tres años cuando Codutti, quién actualmente ocupa ese cargo en forma provisoria, objetó haber sido excluido del mismo. Desde aquel momento, cuatro fallos judiciales habían confirmado la decisión del Consejo de la Magistratura.
Sentencia completa
Fuente: chacodiapordia.com