El fiscal Federal, Patricio Sabadini, presentó un requerimiento de elevación a juicio contra Benjamín García Lucchelli, socio gerente de la firma BH Construcciones SRL. Es por la presunta evasión de más de 37 millones de pesos en IVA y Ganancias durante 2014, 2015 y 2016. Los delitos imputados son los de evasión simple y evasión agravada, con una pena máxima de seis años de cárcel.
Lunes, 4 de octubre de 2021
La causa nació por un procedimiento de fiscalización realizado por la AFIP en BH Construcciones, con domicilio fiscal en Córdoba 509, piso 1, departamento 1, en Resistencia. Esta empresa es conocida en el ámbito local ya que fue la encargada de la construcción del edificio San Martín, en la intersección de avenida San Martín y Rodríguez Peña, en Resistencia. La obra tuvo diferentes interrupciones y hasta un obrero falleció tras caer al vacío.
El requerimiento de elevación a juicio presentado el 16 de septiembre pasado sostiene que la constructora, representada por su socio gerente Benjamín García Lucchelli, habría evadido el Impuesto al Valor Agregado por un monto superior a los 19 millones de pesos durante los años 2014, 2015 y 2016. También habría omitido pagar más de 17 millones de pesos en concepto de Impuestos a las Ganancias durante los años 2014 y 2015. El total del dinero que no ingresó al fisco supera los 37 millones de pesos.
Si bien en un primer momento se había imputado a la socia minoritaria de BH Construcciones, Isabel Ivone Villagra, con el correr de la investigación se decidió sobreseerla y desvincularla definitivamente.
A raíz del procedimiento de inspección iniciado por la AFIP Regional Resistencia, se verificó que el contribuyente BH Construcciones habría presentado Declaraciones Juradas engañosas que determinaron el pago de un importe inferior en los impuestos.
Según la imputación de la fiscalía, la documentación aportada por el contribuyente, con información requerida a terceros y datos de las bases de información de la AFIP-DGI-, arrojó varias inconsistencias.
En lo que respecta a las compras (crédito fiscal), se detectaron diferencias entre lo registrados en libros de IVA Compras y lo computado en las declaraciones juradas presentadas por la responsable. Estas diferencias fueron justificadas parcialmente con contribuciones patronales efectuadas al Régimen de la Seguridad Social -Decreto N°814/01-.
A su vez, se evidenciaron compras en el régimen informativo que no habían sido declaradas por el contribuyente por lo que el personal fiscalizador sumó al crédito fiscal declarado las compras no registradas informadas por terceros, según datos que obran en la base de esta AFIP.
Transgranel
Por otra parte, se impugnaron las operaciones registradas en el libro IVA Compras, relacionadas con la firma Transgranel SRL, detrayendo el crédito fiscal de los comprobantes involucrados en los ejercicios fiscales 09 a 12/15 y 01/16, considerando los elementos y datos que indican la inexistencia de las operaciones declaradas con dicho proveedor, el cual no posee capacidad económica para realizar la venta de bienes facturado a la firma BH Construcciones SRL, en tanto que la inspeccionada no aportó remitos ni medios de pago que acrediten las transacciones declaradas.
Del análisis de la documentación e información recabada, se detectó, por un lado, el computo de crédito fiscal improcedente y espurio proveniente de operaciones inexistentes con la firma Transgranel SRL, que conforme los datos objetivos recabado sería un proveedor apócrifo, no pudiendo acreditarse la realidad de las transacciones por otros medios de prueba, desde que la inspeccionada no aporto los comprobantes de pago ni remitos que permitan desvirtuar dicha conclusión.
Cabe recordar que la firma Transgranel SRL está involucrada en otra causa, cuyo expediente está a cargo del Juzgado Federal 2 de Resistencia, en la cual se investiga una presunta una asociación ilícita fiscal conformada para la extensión de facturas apócrifas -conocidas usualmente como usinas de facturas apócrifas-, documentación que sería utilizada por contribuyentes usuarios para disminuir los montos de tributo a pagar, con el consiguiente perjuicio al erario público nacional.
Por otra parte, tanto de las acreditaciones bancarias registradas por la razón social BH Construcciones, como así también los contratos de fideicomiso y certificados de obra aportados, se constataron la existencia de ventas por importantes montos de dinero que no fueron facturadas ni declaradas por la contribuyente, omitiendo maliciosamente el cómputo del dichos ingresos y débito fiscal consiguiente durante los periodos fiscalizados.
En base a los hechos imputados, el Ministerio Público Fiscal entendió que García Lucchelli debe ser requerido como autor penalmente responsable del delito de “evasión simple”, respecto de los hechos identificados como presunta evasión del IVA 2016 e Impuesto a las Ganancias 2015, y “evasión fiscal agravada por el monto” respecto de los hechos identificados como presunta evasión del Impuesto al Valor Agregado -IVA- 2014 y 2015, e Impuesto a las Ganancias 2014, los que concurren realmente entre sí.