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Ante un planteo del fiscal general Federico Carniel, el Tribunal Oral Federal (TOF) de Resistencia resolvió prorrogar por seis meses las prisiones preventivas de Horacio Rey, Roberto Lugo, Gustavo Katavich y el resto de los imputados en la causa por lavado de dinero procedente de la corrupción. El juicio se iniciará recién en febrero de 2022.

Viernes, 1 de octubre 2021

Por Brian Pellegrini 

El Tribunal Oral en lo Criminal Federal (TOF) de Resistencia decidió prorrogar por seis meses las prisiones preventivas de los exfuncionarios chaqueños Horacio Rey, Roberto Lugo y Gustavo Katavich, entre otros, imputados como presuntos miembros de una asociación ilícita para el lavado de dinero de fondos provenientes de la corrupción pública durante la gestión del exgobernador del Chaco, Domingo Peppo.

Las resoluciones fueron firmadas este miércoles 29 de septiembre por los jueces Eduardo Belforte y Enrique Bosch, como integrantes del TOF de Resistencia, no así por su par Rubén Quiñones, quién se encuentra de licencia. Fue en respuesta al pedido del fiscal general ante el TOF, Federico Carniel, luego de que el tribunal decidiera posponer para el 21 de febrero de 2022 el inicio del juicio por lavado de dinero –que estaba previsto para el 5 de agosto pasado- y teniendo en cuenta que la mayoría de los acusados ya superaron el límite legal de los dos años de detención sin condena. Sobre este último punto, el TOF rechazó el planteo del Ministerio Público Fiscal, con el que habían coincidido las defensas de los imputados, para que el juicio se realice durante el transcurso de 2021.

Según pudo saber LITIGIO, la prórroga por seis meses de las prisiones preventivas comenzó a computarse a partir del 28 de septiembre último. Rey, Lugo, Katavich y también Ricardo Retamozo se encuentran detenidos desde el 28 de marzo de 2018, y deberán aguardar hasta el juicio con prisión preventiva, aunque en todos los casos la medida fue atenuada con modalidad domiciliaria. Los tres primeros fueron condenados este año por los hechos de corrupción que serían los delitos precedentes al lavado de dinero, aunque sólo los dos primeros recibieron penas de prisión efectiva.

Paradójicamente, la investigación federal se inició antes de que la justicia ordinaria comenzara a investigar a los funcionarios provinciales por hechos corrupción vinculado al desvío de fondos de la pauta publicitaria oficial a empresas fantasmas. La causa por lavado fue elevada a juicio oral el 11 de septiembre de 2020 y el TOF había fijado la fecha del 5 de agosto de 2021 para el inicio de las audiencias del juicio. Sin embargo, días antes decidió suspenderlo sin explicaciones. Recién hace algunos días el TOF resolvió reprogramar el comienzo del juicio para el 21 de febrero de 2022.

En marzo de 2020 venció el plazo legal de dos años para mantener la prisión preventiva de los imputados sin juicio ni condena. A partir de ese momento, el TOF resolvió prorrogar las detenciones, lo que fue ratificado en mayo de este año por la Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal, y que ahora se vuelve a extender.

En la resolución referida a Rey, los jueces señalaron que existen indicios “que sustentan la peligrosidad procesal cierta” de que el imputado “pudiera sustraerse a la acción de la justicia, toda vez que no se han modificado por el mero transcurso del tiempo, y que en todo caso, al encontrarse en la etapa final del proceso cobra mayor relevancia, ya que podría resultar contraproducente a los fines de la sustanciación de este tramo, y con ello del cumplimiento de los compromisos internacionales oportunamente asumidos por el Estado argentino, la soltura anticipada del nombrado”.

La dilatación del juicio oral

En la resolución, los jueces del TOF aclararon que arbitraron los medios para agilizar la tramitación de la causa, tal como lo había indicado la Cámara de Casación, sin embargo advirtieron sobre la “imposibilidad material” de fijar una fecha de inicio de debate más próxima que la señalada: el 21 de febrero de 2022. En ese sentido, alegaron las dificultades para la conformación del tribunal y que en varias ocasiones se debió hacerlo con jueces subrogantes de otras jurisdicciones, que cuentan con sus propias agendas de debates, y aseguraron que esas circunstancias “dilataron el normal desarrollo del proceso y que exceden a la voluntad de este tribunal”.

Así, concluyeron que “(…) la complejidad de la causa, la necesidad de que no se frustre un juicio pronto y justo, en el que tanto la sociedad, como las partes reclaman esa expectativa, persuaden a los suscriptos que no se han traspasado los límites estrictamente necesarios para mantener en prisión preventiva a Héctor Horacio Rey, que ha sido morigerada bajo la modalidad de arresto domiciliario, lo que importa un menor padecimiento de la persona sometida a proceso. Por todo ello, y ante la evidente necesidad de concretar actos de ineludible ejecución en el trámite del proceso penal, resulta necesario asegurar la comparecencia del imputado”.


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