El Superior Tribunal de Justicia, a través de la Resolución N° 625/2021, rechazó el recurso de reconsideración interpuesto por la Unión de Trabajadores Judiciales del Chaco contra la Resolución N° 620/2021.
Cabe recordar que, por Resolución N° 620/2021, se había dispuesto que “los agentes (Magistrados, Funcionarios y Empleados) comprendidos en grupos de riesgo y dispensados por Resoluciones del Superior Tribunal de Justicia del trabajo presencial, deberán reintegrarse a prestar funciones presenciales, cuando se hubieran inoculado con la primera dosis de cualquiera de las vacunas destinadas a generar inmunidad adquirida contra el COVID-19 autorizadas para su uso en la República Argentina, independientemente de la edad y la condición de riesgo, modificando en lo pertinente el Punto II de la Resolución N° 443/2021”. Aclarando además que “podrán ser exceptuados de lo dispuesto en el Punto I de la presente, aquellos agentes con patologías que fueren determinadas por la autoridad sanitaria correspondiente y previo dictamen del Instituto Médico Forense”. Y también ratificó la vigencia de las Resoluciones N° 443/2021 y N° 444/2021 y reafirmando la aplicación de la Guía de Buenas Prácticas en Bioseguridad -Coronavirus- para el Poder Judicial de la Provincia del Chaco.
Entre los fundamentos de la Resolución N° 625/2021 se destaca que “el recurso planteado colocaría en una clara situación de inequidad a la totalidad de la planta del Poder Judicial, implicando en los hechos continuar exigiendo únicamente al personal que ha prestado funciones de forma presencial durante toda la pandemia, en pos de brindar, hipotéticamente, mayor protección a la otra parte que hace, aproximadamente, más de un año y cuatro meses no ha concurrido en forma presencial y que, sin perjuicio de ello, se ha inoculado”. Asimismo que “el criterio de la recurrente sostendría sin fundamentos que el ámbito laboral constituye un lugar de mayores contagios que el ámbito privado, lo cual se contradice con la experiencia habida en un año y cuatro meses de pandemia, y nunca ha sido probado”.
Por otra parte, resalta: “el Plan de Vacunación llevado a cabo por el Poder Ejecutivo Provincial y del cual participó este Poder Judicial y que, conforme los Considerandos del Decreto N° 1581/2021, ‘continúa fortaleciéndose el Plan de Vacunación Provincial de acuerdo a la disponibilidad de dosis, contándose a la fecha con 753.685 de los cuales 588.226 son primeras dosis, observándose además una reducción del porcentaje de contagios, con una positividad promedio semanal de 21,6%, sumado a una fuerte disminución de contagios activos, una disminución de la incidencia en las localidad del Gran Resistencia; y una reducción del porcentaje de ocupación de la capacidad sanitaria’”.
Finalmente, cabe destacar que el Ministerio Público de la Defensa ha adherido a la Resolución N° 620/2021, a través de la Resolución de Defensoría General N° 61/2021; mientras que el Ministerio Público Fiscal no ha adherido a la mencionada resolución del Superior Tribunal de Justicia.