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Será a partir del 6 de septiembre en la Cámara del Crimen Nº 3 de Resistencia. Fue luego de que el STJ anulara las condenas contra siete policías de la Comisaría 11ª y ordenara que se realice un nuevo juicio por la muerte de Cristian González, quién fue golpeado hasta morir y abandonado al costado de la Ruta Nº 13, donde fue encontrado en la mañana de la Navidad de 2015.

 

Comisaría Undécima del Barrio Provincias Unidas de Resistencia

Por Brian Pellegrini 

La Cámara Tercera en lo Criminal de Resistencia fijó la fecha del 6 de septiembre, a las 8, para el comienzo de las audiencias del juicio oral y público en que siete policías serán juzgados por homicidio agravado y encubrimiento. Es por la muerte de Cristian González, un hombre que había sido detenido el 24 de diciembre de 2015 en la Comisaría Undécima de Resistencia y, luego de una brutal golpiza, fue arrojado a la vera de la Ruta Provincial Nº 13, en cercanías a la localidad de Cote Lai, donde fue encontrado muerto en la mañana del 25 de diciembre.

Se trata de uno de los pocos casos de violencia policial que llegan a la instancia de juicio en el Chaco, ya que la mayoría demora años en etapa de instrucción lo que ha generado fuertes críticas al funcionamiento de la Fiscalía Especializada en Derechos Humanos, creada como parte de los compromisos asumidos por el Estado chaqueño ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en la resolución amistosa del Caso Greco, el artesano que falleció luego del incendio de su celda y de haber sido detenido ilegalmente en junio de 1990.

Según determinó el juez Ernesto Azcona, de la Cámara Tercera en lo Criminal, se prevén trece jornadas de audiencias que se desarrollarán los días: 6, 7, 8, 9, 10, 27, 28, 29; 30 de septiembre; y 1, 18, 19 y 20 de octubre.

Cristian fue encontrado sin vida junto a la Ruta Provincial Nº13 en la mañana de Navidad

Un nuevo juicio

Por segunda vez, los agentes Edgar Aquino, Ariel Giménez, Ernesto Ortiz, Darío Paniagua, Ramón Vallejos, Marcela Gómez y Fabián Gómez se sentarán en el banquillo de los acusados. Es porque la sentencia del primer juicio fue anulada en mayo de 2020 por la Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia porque en su veredicto la jueza María Virginia Ise se apartó de los delitos por los que los imputados llegaron al juicio oral, tanto para condenar a algunos como para absolver a otros. En su requerimiento, el fiscal de Derechos Humanos, Daniel Turraca, había solicitado que se juzgue a los policías por homicidio agravado (por ser cometido por fuerzas de seguridad) y por encubrimiento.

Del resultado de los informes médicos, de la pericia de autopsia y de las testimoniales de los peritos, se pudo comprobar que González falleció por asfixia cuando se encontraba bajo la custodia de los agentes de la Comisaría Undécima. Sin embargo, la jueza Ise condenó a 14 años de prisión a Aquino y Giménez pero como autores del delito de abandono de persona seguido de muerte; a 6 años de prisión a Ortiz y Paniagua como partícipes secundarios del delito de abandono de persona seguida de muerte; a 3 años de prisión en suspenso al comisario Ramón Vallejos; y absolvió a Ponce y a Gómez por el delito de encubrimiento.

La sentencia fue apelada tanto por la defensa de los policías que solicitó la absolución, como por la Fiscalía de Cámara y las querellas del Comité Provincial de Prevención de la Tortura y la Secretaría de Derechos Humanos del Chaco que pidieron que la condena sea por el delito de “tortura seguida de muerte”, que prevé una pena de prisión perpetua, la que la mayoría de los magistrados prefiere evitar por considerar excesiva.

“El cambio abrupto operado por la judicante en la determinación del objeto del proceso impidió a las partes actuantes en el contradictorio de un proceso penal tener una visión estratégica al no poder ilustrar con exactitud el contenido de la acusación, con aptitud suficiente para adaptarse a las circunstancias fáctica fijada por la misma en su hipótesis incriminatoria”, señalaba entre sus fundamentos la resolución de la Sala Penal que hizo lugar a los recursos de casación y anuló la sentencia, ordenando que se realice un nuevo juicio con otro tribunal. En ese contexto, la resolución firmada por los jueces Emilia Valle y Alberto Modi consideró que la jueza “(…) ha efectuado una modificación oficiosa del objeto del proceso, extralimitándose en sus potestades” y también “avasallando el derecho de defensa en juicio y el debido proceso”.

El caso

Cristian González tenía 45 años, trabajaba como verdulero y lo conocían como “El Negro”. Fue detenido en la víspera de Navidad de 2015 y alojado en la Comisaría Undécima del Barrio Provincias Unidas de Resistencia. Se lo acusaba de supuestos daños por arrojar piedras a un automóvil que se encontraba estacionado en el Barrio San Cayetano. A la mañana siguiente, fue encontrado sin vida y brutalmente golpeado a la vera de la Ruta Provincial N° 13, a pocos kilómetros de la localidad de Cote Lai.

Durante la investigación, se constató que los funcionarios policiales desobedecieron la instrucción dada por la médica de guardia de Sanidad Policial de llevar a González al Hospital Perrando para que reciba la asistencia correspondiente, dado que presentaba un cuadro de salud “físico y psiquiátrico” que demandaba atención. Tampoco efectivizaron la orden de libertad impartida por el fiscal de turno, Roberto Villalba, en la causa por supuestos daños. Luego de conocerse la muerte de González, la investigación quedó a cargo de la Fiscalía Penal Especial de Derechos Humanos.

De acuerdo a los testimonios de los otros internos, González salió en buen estado de la Comisaría Undécima. En base a otros testigos y al GPS, se corroboró que los agentes imputados lo trasladaron en el móvil policial y lo dejaron abandonado, cuando ya se encontraba sin vida, a la vera de la Ruta Provincial Nº 13 en el camino a la localidad de Cote Lai. Según el informe del Instituto de Medicina Forense su muerte se produjo entre las 8 y las 11 de la mañana y fue motivada por asfixia mecánica, además se le encontraron lesiones en ambos ojos y en el brazo derecho.

Este caso motivó que distintos organismos estatales del Chaco avanzaran con la elaboración de un protocolo para personas con padecimientos mentales o con consumo problemático de sustancias cuando estas son detenidos por las fuerzas policiales, que recientemente fue convertido en la ley provincial Nº 3381-G.

Según revela el documentado libro “Violencia Institucional en la Provincia del Chaco: a 28 años de la muerte de Juan Ángel Greco”, escrito por el abogado especializado en violencia institucional y derechos humanos, Paulo Pereyra, “el caso González es paradigmático porque a través de la investigación se pudo descubrir que hubo una trayectoria precedente de hostigamiento. Cristian González era un ‘molesto’, conocido por los efectivos policiales de dicha jurisdicción, y a su vez registraba varios ingresos en la Comisaría. Además de ello habría sufrido numerosas golpizas en oportunidades anteriores sin ser llevado a la Comisaría”.

 

 


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