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La jueza de la Cámara del Crimen Nº 2, Cristina Pisarello, resolvió la prórroga extraordinaria por un año de la prisión preventiva de Hernando Adrián Morel, acusado por el femicidio de Yanina Sequeira, que será juzgado por un jurado popular.

Miércoles, 20 de octubre de 2021

En los próximos días se cumplirán dos años de la prisión preventiva de Morel, quién se encuentra imputado por el delito de “homicidio agravado por el vínculo” y “femicidio”, que prescribe penas entre 8 a 25 años de prisión. Es en la causa por el asesinato de su expareja Yanina Sequeira, ocurrido en el año 2015, que en principio había sido archivada por la justicia chaqueña caratulada como “muerte súbita”. Sin embargo, luego de la inclaudicable lucha de los familiares de Yanina, el Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que había sido asesinada.

En marzo de 2021, la causa llegó a la Cámara Segunda en lo Criminal y Correccional del Chaco que resultó sorteada para llevar adelante el juicio por jurados, en el que actuará como jueza técnica la doctora Cristina Pisarello. Actualmente, se encuentra en la etapa de audiencia preliminar para la producción de pruebas por las partes. El abogado querellante particular es el doctor Pablo Vianello, al que se suma la querella de la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros del Chaco, mientras que el fiscal de Cámara es Sergio Cáceres Olivera. Los abogados defensores del imputado son los doctores Miguel Angel Feldmann y Leandro Fioravanti.

Ahora, ante el vencimiento de los plazos legales de dos años de la prisión preventiva, la jueza Pisarello dispuso prorrogarla por un año más, luego de un dictamen en el mismo sentido de la fiscal de Cámara subrogante, Graciela Griffith Barreto. Es decir, Morel permanecerá detenido hasta que llegue el momento de ser juzgado.

“La duración de la prisión preventiva no ha sido irrazonable, atento al delito atribuido en etapa investigativa, se encuentra acreditado que se trata de una causa compleja en su dilucidación, lo que han significado un plazo de mayor tramitación en las actuaciones”, señala la jueza Pisarello en la resolución dictada el pasado 15 de octubre.

En ese contexto, puntualiza que “no se puede establecer que esta demora haya provenido de una actividad displicente de los funcionarios públicos encargados de la investigación y dilucidación del evento que se supone criminal, como así tampoco el trámite impreso por ante este tribunal, en donde se ha realizado la audiencia preliminar oral, pública y obligatoria el 03/05/2021, con continuación los días 17/06/2021 y 13/08/2021; encontrándose a la fecha en plena producción de las pruebas solicitadas por las partes”.

Fuente: chacodiapordia.com


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